Puede Uno De Los Cónyuges Solicitar La Separación O El Divorcio Sin Causa Alguna
L A Ley 15/20005, de 8 de julio por la que se modifica el Código civil y la Ley de Enjuiciamiento civil en materia de separación y divorcio, deja fijado y ha entendido que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el Art. 10.1 de la Constitución Española, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado a su cónyuge. Así el ejercicio del derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de la voluntad expresada en su solicitud, quedando suprimida también por las mismas razones, la existencia de una previa e ineludible situación fáctica o resolución judicial de separación.
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